Para responder a estas preguntas, lo primero que debemos conocer es la Masa Máxima Autorizada (MMA) o, para que nos entendamos todos, cuánto puede pesar como máximo un vehículo que circula por la vía pública una vez cargado. Esta información puedes localizarla fácilmente en la ficha técnica o en las casillas F.1 / F.2 del permiso de circulación.

Si la caravana tiene una masa máxima autorizada inferior o igual a 750 Kg., no es necesaria su matriculación y tampoco lo será asegurarla, puesto que quedaría bajo las coberturas del seguro del vehículo tractor que la arrastra. Por el contrario, si el vehículo excede los 750 Kg (MMA), será necesario matricularla y contratar un seguro de caravana.

Pero una cosa es que las caravanas de menos de 750 kg no necesiten su propia póliza de Responsabilidad Civil para la circulación, por quedar bajo el amparo de las coberturas del vehículo tractor si se ha comunicado a la Compañía de Seguros. Otra muy distinta es que no sea conveniente asegurarlas contra robo e incendios o a todo riesgo; o que sea recomendable contratar una póliza de responsabilidad civil del campista por los daños que ese vehículo pueda causar a pesar de no estar circulando. Llámanos al 976 37 37 38 y te asesoraremos sin compromiso.

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¿Qué carnet necesito para una caravana de más de 750 kilos?

Para transportar una caravana, indispensablemente, debemos haber obtenido el permiso de circulación B. Como se puede comprobar en el cuadro superior, en función de la MMA de la caravana, será necesario cumplimentarlo con la autorización 96 o el permiso clase E.

Para obtener la autorización 96, es necesario superar un examen práctico (fundamentalmente dominar las maniobras de enganche y desenganche), tener en posesión el permiso de conducir de la clase B y por tanto, tener al menos 18 años de edad.

El permiso de conducción de la clase B + E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 Kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.

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