{"id":119383,"date":"2022-08-03T08:47:03","date_gmt":"2022-08-03T07:47:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.zalba-caldu.com\/?p=119383"},"modified":"2023-04-20T16:02:18","modified_gmt":"2023-04-20T15:02:18","slug":"dgt-nuevo-reglamento-vehiculos-historicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.zalba-caldu.com\/blog\/2022\/08\/03\/dgt-nuevo-reglamento-vehiculos-historicos\/","title":{"rendered":"La DGT prepara un nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos"},"content":{"rendered":"\n

Desde hace un tiempo, la DGT, las Comunidades Aut\u00f3nomas, el Ministerio de Industria y la FEVA (Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Veh\u00edculos Antiguos) est\u00e1n preparando un nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos<\/strong>. \u00c9ste podr\u00eda entrar en vigor el pr\u00f3ximo mes de enero de 2023 si lo aprueba el Gobierno.<\/p>\n\n\n\n

El reglamento actual se aprob\u00f3 en el a\u00f1o 1995 y se ha quedado viejo y desfasado en algunos puntos. Por ello, se ha revisado y ahora mismo est\u00e1 en el periodo de informaci\u00f3n p\u00fablica<\/strong>, antes de su paso al Congreso. Puedes leerlo aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n\n\n\n

\u00bfQu\u00e9 cambios trae el nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos?<\/h2>\n\n\n\n

Cabe destacar que las modificaciones que trae este nuevo reglamento no son cambios sustanciales, son, fundamentalmente para favorecer a los propietarios de veh\u00edculos cl\u00e1sicos e hist\u00f3ricos<\/strong>. A continuaci\u00f3n, te explicamos cuales son los principales cambios del nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos.<\/p>\n\n\n\n

Que los ayuntamientos permitan la circulaci\u00f3n de veh\u00edculos hist\u00f3ricos sin restricciones<\/h3>\n\n\n\n

El nuevo reglamento incorpora una disposici\u00f3n adicional por la que se insta a los ayuntamientos a que establezcan f\u00f3rmulas que permitan el acceso y la circulaci\u00f3n<\/strong> a aquellos propietarios que hacen un uso espor\u00e1dico o no habitual de sus veh\u00edculos hist\u00f3ricos. Un ejemplo es la ciudad de Madrid, que permite la circulaci\u00f3n de los veh\u00edculos hist\u00f3ricos por las zonas de bajas emisiones sin restricciones.<\/p>\n\n\n\n

Se moderniza el proceso de declaraci\u00f3n de veh\u00edculo hist\u00f3rico<\/h3>\n\n\n\n

Otra novedad que trae consigo el nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos es la modernizaci\u00f3n y agilizaci\u00f3n del proceso<\/strong> de matricular un veh\u00edculo como hist\u00f3rico. Ahora, los coches cl\u00e1sicos<\/a> pasan a estructurarse en dos grupos, Grupo A si el veh\u00edculo tiene una matriculaci\u00f3n ordinaria en Espa\u00f1a, una antig\u00fcedad m\u00ednima de 30 a\u00f1os y la ITV en vigor. Grupo B que recoge el resto de los veh\u00edculos que no cumplen estos requisitos.<\/p>\n\n\n\n

Si no cambia el nuevo reglamento, los coches del Grupo A tendr\u00e1n que hacer una declaraci\u00f3n responsable, y presentar la ITV en vigor en la Jefatura de Tr\u00e1fico, que realizar\u00e1 una anotaci\u00f3n en el Registro de Veh\u00edculos para incluirlo como hist\u00f3rico, tras lo cualquier expedir\u00e1 un nuevo permiso de circulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n

Para los veh\u00edculos del Grupo B el procedimiento ser\u00e1 parecido al que hay actualmente. EN este caso cambia que ya no har\u00e1 falta la catalogaci\u00f3n previa por un laboratorio oficial acreditado por el \u00f3rgano competente de la Comunidad Aut\u00f3noma donde resida el propietario. Ahora habr\u00e1 que solicitar y obtener un informe t\u00e9cnico favorable expedido por un Servicio T\u00e9cnico de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos. All\u00ed, el propietario deber\u00e1 entregar la documentaci\u00f3n del veh\u00edculo y la que lo habilite dentro de los casos de bien de inter\u00e9s cultural o de veh\u00edculo de colecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n

El nuevo reglamento explica que los Servicios T\u00e9cnicos de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos son entidades de inspecci\u00f3n con capacidad para evaluar y emitir informes t\u00e9cnicos y certificados sobre veh\u00edculos. Con este informe habr\u00e1 que pasar una Inspecci\u00f3n T\u00e9cnica y ser matriculado como hist\u00f3rico en una Jefatura de Tr\u00e1fico.<\/p>\n\n\n\n

Cambio en la periodicidad de la ITV<\/h3>\n\n\n\n

A partir de ahora, y si no cambia este nuevo reglamento, la periodicidad de la ITV<\/strong> para los veh\u00edculos hist\u00f3ricos ser\u00e1 de dos a\u00f1os para los que tengan hasta 40 a\u00f1os de antig\u00fcedad. Para los que tengan entre 40 y 45 a\u00f1os habr\u00e1 que pasarla cada 3 a\u00f1os, y para los que tengan m\u00e1s de 45 a\u00f1os habr\u00e1 que pasarla cada 4 a\u00f1os. Mientras que para las motos cl\u00e1sicas<\/a> ser\u00e1 cada 4 a\u00f1os, sin importar antig\u00fcedad.<\/p>\n\n\n\n

El cambio m\u00e1s importante<\/strong> en este apartado es que, una vez se apruebe este nuevo reglamento, los veh\u00edculos hist\u00f3ricos fabricados o matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950 y los ciclomotores hist\u00f3ricos, sin importar su edad, quedar\u00e1n exentos de someterse a la ITV.<\/p>\n\n\n\n

Casos en los que un veh\u00edculo se puede hacer hist\u00f3rico<\/h2>\n\n\n\n

Algo que el nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos no cambia son los casos en los que un veh\u00edculo se puede hacer hist\u00f3rico<\/strong>. Por lo que seguimos contando con tres posibilidades:<\/p>\n\n\n\n