{"id":4467,"date":"2017-03-08T18:09:14","date_gmt":"2017-03-08T17:09:14","guid":{"rendered":"https:\/\/zalbacaldu.wordpress.com\/?p=4467"},"modified":"2022-04-08T12:34:50","modified_gmt":"2022-04-08T11:34:50","slug":"incluir-venta-coche-declaracion-renta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.zalba-caldu.com\/blog\/2017\/03\/08\/incluir-venta-coche-declaracion-renta\/","title":{"rendered":"\ufeff\u00bfDebo incluir la venta de un coche en la declaraci\u00f3n de la renta?"},"content":{"rendered":"

Normalmente cuando vendemos nuestro coche lo hacemos por un\u00a0precio de venta que suele ser inferior al que nos cost\u00f3 en su d\u00eda, por tanto no ha existido una ganancia patrimonial. Salvo excepciones, por ejemplo en los veh\u00edculos cl\u00e1sicos, en donde puede haber una revalorizaci\u00f3n con el paso del tiempo, un veh\u00edculo cuando sale del concesionario ya se est\u00e1 depreciando y por tanto perdiendo valor.<\/p>\n

De esta forma, al no existir una ganancia patrimonial no hay que incluir la venta de un veh\u00edculo en la declaraci\u00f3n de la renta<\/strong>. Por el contrario, cuando de la venta de un veh\u00edculo hemos obtenido un beneficio econ\u00f3mico, es decir, el precio de venta ha sido superior al precio que en su d\u00eda pagamos por \u00e9l, est\u00e1 existiendo una ganancia patrimonial y dicho beneficio debe gravarse a trav\u00e9s del impuesto sobre la renta de las personas f\u00edsicas.<\/p>\n

En los \u00faltimos a\u00f1os, el sector de los veh\u00edculos cl\u00e1sicos ha experimentado un notable crecimiento y ha despertado el inter\u00e9s de numerosos coleccionistas.<\/p>\n

\u00a0<\/p>\n

Cuando un bien, en este caso un veh\u00edculo cl\u00e1sico es un bien valorado, deseado y escaso, su precio seg\u00fan las reglas del mercado tiende a incrementarse. En algunos casos, \u00a0adem\u00e1s de por afici\u00f3n, se han adquirido veh\u00edculos de colecci\u00f3n como valor refugio<\/strong> ante la situaci\u00f3n econ\u00f3mica que hemos vivido durante estos \u00faltimos a\u00f1os. En estas circunstancias, se ha comprobado que diferentes modelos de veh\u00edculos cl\u00e1sicos como por ejemplo el Porsche 911 Carrera RS 2.7<\/strong> han experimentado una revalorizaci\u00f3n fuera de lo normal<\/strong> de hasta el 700% en diez a\u00f1os, lo que en otras palabras, significa hablar de especulaci\u00f3n abiertamente.<\/p>\n

Fiscalidad de la venta de un coche<\/strong><\/p>\n

En la pr\u00e1ctica, va a resultar improbable que puedas vender tu coche por encima de su precio de adquisici\u00f3n<\/strong> por las razones que ya hemos comentado salvo que estemos hablando de determinados veh\u00edculos cl\u00e1sicos.<\/p>\n

Si conseguiste vender el a\u00f1o pasado tu veh\u00edculo obteniendo una ganancia patrimonial, este a\u00f1o, deber\u00e1s incluirla en la declaraci\u00f3n de la Renta del 2017 en el apartado de \u00abrentas del ahorro\u00bb y los tipos impositivos a aplicar son:<\/p>\n\n\n\n\n\n\n
\n

Ganancia Patrimonial<\/h3>\n<\/td>\n

\n

Tipo impositivo<\/h3>\n<\/td>\n<\/tr>\n

Los primeros 6.000\u20ac<\/td>\n\n
19%<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n
De 6.000\u20ac hasta 49.999\u20ac<\/td>\n\n
21%<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n
A partir de 50.000\u20ac<\/td>\n\n
23%<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n

Estos grav\u00e1menes ser\u00e1n tambi\u00e9n v\u00e1lidos para la declaraci\u00f3n de la Renta del 2018 si est\u00e1s considerando vender tu joya cl\u00e1sica este a\u00f1o.<\/p>\n

Por el contrario, no consideres\u00a0imputar en tu declaraci\u00f3n de la Renta una p\u00e9rdida patrimonial derivada de la venta de un veh\u00edculo<\/strong>.\u00a0Hacienda considera dicha p\u00e9rdida como una depreciaci\u00f3n habitual producida por el uso y el paso de los a\u00f1os. Demostrar lo contrario no te va resultar nada f\u00e1cil.<\/p>\n<\/div><\/div><\/div><\/div><\/div>

\"Seguro<\/a><\/span><\/div>

\u00bfTienes m\u00e1s dudas? \u00a1D\u00e9janos tus comentarios!<\/b><\/h3>\n

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