Normalmente cuando vendemos nuestro coche lo hacemos por un precio de venta que suele ser inferior al que nos costó en su día, por tanto no ha existido una ganancia patrimonial. Salvo excepciones, por ejemplo en los vehículos clásicos, en donde puede haber una revalorización con el paso del tiempo, un vehículo cuando sale del concesionario ya se está depreciando y por tanto perdiendo valor.
De esta forma, al no existir una ganancia patrimonial no hay que incluir la venta de un vehículo en la declaración de la renta. Por el contrario, cuando de la venta de un vehículo hemos obtenido un beneficio económico, es decir, el precio de venta ha sido superior al precio que en su día pagamos por él, está existiendo una ganancia patrimonial y dicho beneficio debe gravarse a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
En los últimos años, el sector de los vehículos clásicos ha experimentado un notable crecimiento y ha despertado el interés de numerosos coleccionistas.
Cuando un bien, en este caso un vehículo clásico es un bien valorado, deseado y escaso, su precio según las reglas del mercado tiende a incrementarse. En algunos casos, además de por afición, se han adquirido vehículos de colección como valor refugio ante la situación económica que hemos vivido durante estos últimos años. En estas circunstancias, se ha comprobado que diferentes modelos de vehículos clásicos como por ejemplo el Porsche 911 Carrera RS 2.7 han experimentado una revalorización fuera de lo normal de hasta el 700% en diez años, lo que en otras palabras, significa hablar de especulación abiertamente.
Fiscalidad de la venta de un coche
En la práctica, va a resultar improbable que puedas vender tu coche por encima de su precio de adquisición por las razones que ya hemos comentado salvo que estemos hablando de determinados vehículos clásicos.
Si conseguiste vender el año pasado tu vehículo obteniendo una ganancia patrimonial, este año, deberás incluirla en la declaración de la Renta del 2017 en el apartado de «rentas del ahorro» y los tipos impositivos a aplicar son:
Ganancia Patrimonial |
Tipo impositivo |
Los primeros 6.000€ |
19%
|
De 6.000€ hasta 49.999€ |
21%
|
A partir de 50.000€ |
23%
|
Estos gravámenes serán también válidos para la declaración de la Renta del 2018 si estás considerando vender tu joya clásica este año.
Por el contrario, no consideres imputar en tu declaración de la Renta una pérdida patrimonial derivada de la venta de un vehículo. Hacienda considera dicha pérdida como una depreciación habitual producida por el uso y el paso de los años. Demostrar lo contrario no te va resultar nada fácil.
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Estupendo artículo, con buen contenido, os lo habéis currado. Gracias
¡Muchas gracias! Nos alegramos que haya sido de tu interés.
Buen artículo. Tengo una duda. Si compras un coche en muy mal estado por valor de 1000€ y después de invertir 10000€ para arreglarlo lo vendes por 11000€. ¿Cuenta como ganancia? Puedo justificar todas las facturas.
Gracias
¡Buenos días Emilio!
Si puedes justificar todas las facturas por importe de 10.000€ no habrá ganancia patrimonial. Otra cosa distinta sería que tú mismo hubieses reparado ese vehículo.
La ganancia patrimonial se determina como la diferencia positiva entre el importe de transmisión (11.000€) y el valor de adquisición (11.000€) y en tu caso es nula debido a que el valor de adquisición se calcula sumando al importe real de la adquisición (en tu caso 1000€), los costes de inversiones y mejoras (en tu caso 10.000€) o gastos y tributos accesorios.
Asimismo, y por si te sirve de ayuda, considera que el importe de transmisión se ve aminorado por los gastos y tributos inherentes a la transmisión que hayan sido satisfechos por quien vende.
¡Un saludo!
Hola. Compre mi coche en 14000 y tuve que ha er unos arreglos por 1700 mas dinero que pague al hombre en mano, aparte añadi mejoras al coche como alarma etc, ahors le voy a vender por 17500, como seria mi caso con hacienda? Y se mira por transferencia bancaria o por contrsto de compra venta? Gracias
Buenos días Alfonso, con los datos aportados, existiría una ganancia patrimonial de 1.800€ (17.500 – 14.000 – 1.700) siempre y cuando pueda demostrar con factura de los arreglos.
Asimismo, si tuviese más dudas debería contactar con un asesor profesional en el área, ya que nosotros desconocemos su situación jurídica, si es usted particular, si es usted una empresa…
¡Un saludo!
Buenas noches. Gracias por este artículo. Es muy claro y útil.
Podéis solventarme un par de dudas?
– Compré el vehículo clásico hace 6 años y lo quiero vender. Hacienda o Tráfico guardan registro del importe de compra? No encuentro el contrato ni recuerdo el importe.
– El Impuesto de Vehículos de Tracción Mecanica (el numerito) pagado cada año aumenta el valor de adquisición a la hora de calcular el aumento patrimonial a incluir en el IRPF al venderlo?
Gracias!
Unos consejos de mucha ayuda par nuestra próxima declaración de la renta. Gracias por compartirlo, no dudaré en recomendarlo ya que me ha parecido de mucho interés. Buen trabajo.
Me gustaría saber si tengo que declarar mi vehículo vendido por 2000 y lo compre por 1500?
hola ,vendí un coche por 6.800 € con 14 años ,nuevo valió 26.000
según las tablas e hacienda,el coche lo valora en 2.000 €
tengo que declarar los 4.000 de diferencia?? o las tablas de hacienda no son para esto …
Buenos días!
En este caso el importe de la venta es inferior al de adquisición, por lo cual no existe una ganancia patrimonial sino todo lo contrario, debido a la lógica depreciación del vehículo, por lo cual no debes tributar en el IRPF, impuesto sobre el que trata el post.
Las tablas a las que te refieres, van en consonancia con el impuesto de transmisión patrimoniales (ITP), impuesto que no ha sido de análisis en el post.
Un saludo y gracias por comentar!
Que contenido tan interesante y valioso. Gracias.
Saludos,